Contabilidad de la comunidad
- Cálculo y elaboración de presupuestos de los gastos anuales, así como su distribución entre las entidades que forman la comunidad.
- Emisión de los recibos y la gestión de los cobros.
- Negociación bancaria con el fin de minimizar los gastos bancarios.
- Control de la cuenta bancaria de la comunidad.
- Informe de los ingresos y de los pagos efectuados.
- Pago de las facturas extraordinarias a los industriales.
- Cierre del ejercicio con los detalles de ingresos, pagos efectuados y reparto de los gastos entre las entidades
Juntas de la comunidad
- Convocar las juntas generales ordinarias y extraordinarias de la comunidad en tiempo y forma legalmente establecidos con remisión a los propietarios previamente de la documentación.
- Asistencia, dirección y asesoramiento a las juntas.
- Redacción de las actas de las reuniones, remisión a los propietarios de acuerdo a la Ley y transcripción al libro de actas.
Propietarios morosos
- En caso de reclamación de cuotas por impago, se cobra las comisiones bancarias al propietario que devuelve los recibos.
- Si el propietario no atiende los requerimientos de pago del administrador, se convocará una junta general para iniciar las acciones judiciales pertinentes.
Mantenimiento de la comunidad
- Avisar a los industriales para efectuar las reparaciones.
- Gestionar, negociar y supervisar a los industriales que trabajen para la comunidad.
- Solicitud de diferentes presupuestos.
- Gestionar los siniestros que se produzcan en la comunidad con el seguro, perito e industriales, así como la asistencia a los mismos.
Otros servicios
- Actuar como mediadores entre propietarios.
- Informes de incidencias cuando lo pida el presidente.
- Efectuar gestiones ordinarias de la comunidad con la administración pública.
- Gestión de subvenciones.
- Cursar escritos de reclamación de la comunidad
- Custodia de las llaves de la comunidad.
- Custodia de los ficheros informáticos de la comunidad.
- Custodia de la documentación de la comunidad.
- Gestión del seguro comunitario.
- Ley de Protección de Datos con la Agencia Española de Datos
- Notificar la existencia de ficheros informáticos de la comunidad de propietarios a la Agencia Española de Datos
- Certificado Electrónico de representante legal de entidades sin personalidad jurídica y lectura del buzón 060. (ley 39/2015 del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas).